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jueves, 18 de julio de 2013

Ad referéndum

Loe. lat. y esp. Aceptar una proposición ad referéndum significa con la condición de ser aprobada por la autoridad competente respectiva. I Sistema legislativo que consiste en someter al voló directo del pueblo las leyes o la aprobación de ciertos aclos de gobierno. I También se utiliza como condición de ser aprobado el acto por otra persona o por una autoridad superior. (V. plebiscito, referendum)

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