En el caso que el embarazo sea producto de una violación o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o de transferencia de óvulo fecundado no consentidas, así como de incesto, la Corte señaló que “es preciso que el hecho punible haya sido debidamente denunciado ante las autoridades competentes”. El aborto no es penalizado y se le puede practicar a petición de la mujer afectada.
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