Las penas privativas de otros derechos, que pueden imponerse como principales o accesorias. Estas las impondrá el Juez cuando tengan relación directa con la realización del delito, por haber abusado de ellos o haber facilitado su comisión, o cuando la restricción del derecho contribuya a la prevención de conductas similares a la que fue objeto de condena.
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