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sábado, 14 de julio de 2012

Abogados reclaman al Tribunal reponer antigua Ley de Abogacía

El Colegio de Abogados de Chuquisaca pidió al Tribunal Constitucional Plurinacional que mediante una resolución de complementación reponga la Ley de 8 de diciembre de 1941, que establece el Ejercicio Profesional de los Abogados, en mérito a que este Tribunal declaró la inconstitucional del Decreto Ley (DL) 16793, “Ley de la abogacía”, que a su vez derogó la Ley de 1941.
Después que el Tribunal Constitucional Plurinacional emitiera su sentencia declarando la inconstitucionalidad de la Ley 100, que establece el registro único de los abogados de Bolivia y el Decreto Ley (DL) 16793 de 19 de julio de 1979, denominada “Ley de la Abogacía”, el Ilustre Colegio de Abogados de Chuquisaca (ICACH) en la vía de la complementación pidió algunas aclaraciones.
En su fundamentación, el ICACH refiere que antes de la promulgación del DL 16793 en 1979, la Ley que regulaba el ejercicio de la Abogacía en Bolivia era el Decreto Supremo (DS) de 18 de enero de 1938, que fue elevado a rango de Ley mediante la Ley de 8 de diciembre de 1941.
“Ahora bien, entendemos que al haber sido apartado del ordenamiento legal el DL 16793 de julio de 1979, entrará en vigencia la Ley de 8 de diciembre de 1941, en el entendido de que esta Ley fue derogada por el DL 16793”, señala.
El Tribunal Constitucional dio un plazo de vigencia de un año para dos leyes que regulan el ejercicio profesional del abogado en Bolivia e instó que la Asamblea Legislativa en ese plazo emita una nueva Ley que regule el ejercicio de los profesionales abogados en el país.
Para el ICACH, la Ley de 8 de diciembre de 1941 volvió a tener efecto legal en el ordenamiento jurídico boliviano a tiempo de haberse declarado la inconstitucionalidad del DL 16793 de julio de 1979.

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