¿Quiénes tienen el carácter de victimas?
Las personas que hayan sufrido sufrimiento emocional, menoscabo de los derechos fundamentales, lesiones físicas transitorias o generadoras de discapacidad como consecuencia de la acción de guerrilleros o paramilitares.
· Los familiares de en primer grado de consanguinidad y el conyugue o compañero permanente de quien haya perdido la vida o desaparecido como consecuencia de la acción de un grupo paramilitar o guerrillero.
· Los miembros de la fuerza pública si sufrieron algún menoscabo a manos de guerrilleros o paramilitares, incluso por perjuicios provocados durante combate.
· Los familiares en primer grado de consanguinidad de quienes hayan perdido la vida en combate o por fuera del combate, por conductas comertidas por grupos ilegales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario