Ayuda para Abogados

jueves, 26 de julio de 2012

VICTIMAS:

¿Quiénes tienen el carácter de victimas? 
Las personas que hayan sufrido sufrimiento emocional, menoscabo de los derechos fundamentales, lesiones físicas transitorias o generadoras de discapacidad como consecuencia de la acción de guerrilleros o paramilitares.
 · Los familiares de en primer grado de consanguinidad y el conyugue o compañero permanente de quien haya perdido la vida o desaparecido como consecuencia de la acción de un grupo paramilitar o guerrillero.
 · Los miembros de la fuerza pública si sufrieron algún menoscabo a manos de guerrilleros o paramilitares, incluso por perjuicios provocados durante combate.
 · Los familiares en primer grado de consanguinidad de quienes hayan perdido la vida en combate o por fuera del combate, por conductas comertidas por grupos ilegales.

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