Existen dos clases de reuniones, las ordinarias y las extra-ordinarias. Las reuniones ordinarias se deben celebrar dentro de los tres meses siguientes al finalizar el periodo de ejercicio de la compañía en el cual se hará la distribución de utilidades entre los socios. Las reuniones extra- ordinarias son las convocadas para solucionar situaciones imprevistas. Para las cuales se debe citar a todos los socios con un término mínimo de 15 días hábiles.
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