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viernes, 19 de octubre de 2012
¿Cuando se da la figura: El que, hasta el sexto grado de consanguinidad; no haya socorrido al causante pudiendo hacerlo?
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Cuando Los Hijos, Los Padres, Abuelos, Sobrinos, Nietos, Hermanos, Cónyuge, incumplen con el deber de socorrerlo o ayudar a al causante cuando estaba en desgracia o cuando su vida o salud corría grave peligro.
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