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martes, 30 de octubre de 2012

¿Por transmisión?

Si una persona, muere antes de aceptar o rechazar una herencia, este derecho se lo transmite a sus herederos: hijos, padres, cónyuge, hermanos o sobrinos, para que lo ejerciten, siempre que acepten la herencia de la persona que transmitió dicho derecho.

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