1. Tiene su fuente en la unión marital de hecho.
2. Para que nazca la sociedad patrimonial de hecho, la pareja tiene que haber convivido por dos años en unión marital.
3. Es de contenido patrimonial: la sociedad patrimonial esta compuesta por una serie de bienes y de deudas.
4. Es un vínculo accesorio: a falta de capitulaciones maritales, por el hecho de la unión marital, se constituye la sociedad patrimonial de hecho.
5. Es la encargada del sostenimiento de los compañeros y los descendientes comunes”
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