En general, la acción y el efecto de abonar (v.). I En lenguaje comercial, el hecho
de la admisión en cuenta o el asiento en favor de alguno en su cuenta. I Garantía
ofrecida por un fiador sobre el cumplimiento de lo prometido por parte del
contratante. I Se habla también de abono de fianza aludiendo a la información que
da de ser propios, seguros y libres los bienes que obliga un deudor, arrendatario
particular u otro que toma sobre sí alguna responsabilidad para la seguridad de
una deuda, obligación o contrato. I En materia administrativa recibe este nombre la
garantía que, para seguridad de un cargo o función pública, se da a favor del
empleado o funcionario. I Modalidad de algunos contratos en virtud de la cual las
partes se aseguran la periodicidad o la renovación de la prestación, objeto del
contrato. I Recompensa que por servicios o circunstancias especiales se da a los
empleados públicos, generalmente militares, reconociéndoles —es decir,
abonando -les— arios de servicio no prestados efectivamente, aunque así
computados por circunstancias valoradas.
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