Siendo distinto el aborto según la causa que lo provoque, son también diversas las
definiciones que sobre el mismo pueden darse. Estas son: a) aborto en general:
hay aborto siempre que el producto de la concepción es expelido del úterts. antes
de la época determinada por la naturaleza; b) aborto médico: la expulsión del
huevo antes de que el feto sea viable o la muerte del feto provocada dentro del
cuerpo de la madre; c) aborto espontáneo: la expulsión del feto, no viable, por
causas fisiológicas; d) aborto delictivo: la interrupción maliciosa del proceso úe la
concepción.
Conviene tener en cuenta el aborto dentro del Derecho Civil y del Derecho Penal.
En el primero se entiende por aborto aquel parto ocurrido antes del límite señalado
para la viabilidad del feto; en el segundo es un género de delito, consistente en el uso voluntario de medios adecuados para producir una mal parto, o la anticipación
del mismo, con el fin de que perezca el feto.
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