La ley que regula el ejercicio de la abogacía, que la Cámara de Senadores aprobó en la víspera en sus estaciones en grande y en detalle, establece en uno de sus artículos la atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos.
El artículo 11 de esa norma, remitida a la Cámara de Diputados para su revisión, señala que ´las abogadas y los abogados en ejercicio libre de la profesión podrán prestar atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos´.
Según los legisladores, el objetivo de la norma es regular el ejercicio de la abogacía, el registro y control de abogadas y abogados en el ejercicio de la profesión, dentro del territorio del Estado Plurinacional.
Para ese efecto, el Ministerio de Justicia remitirá las listas de las abogadas y los abogados registrados, al Órgano Judicial, para las designaciones de abogados de oficio.
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