Admisión
Acción y efecto de admitir. I En Derecho Civil se dice admisión de pago; en el
Comercial, admisión de socio; en el Procesal, admisión de las pruebas
presentadas y de los recursos interpuestos por las partes.
Adopción
Según la ley la, del tít. XVI, de la Part. IV, "tanto quiere decir como prohijamiento;
que es una manera que establecieron las leyes por la cual pueden los hombres
ser hijos de otros, aunque no lo sean naturalmente". La adopción es, pues, el acto
por el cual se recibe como hijo nuestro, con autoridad real o judicial, a quien lo es
de otro por naturaleza.
La adopción constituye un sistema de crear artificialmente la patria potestad.
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