lunes, 30 de septiembre de 2013
¿En caso que se tratara de un delito de flagrancia, debe previamente imputarse formalmente antes de dar aviso al juez?
No. El aviso al juez de! inicio de la investigación se hace independientemente de la imputación formal. Ahora bien, si dentro de los términos legales (veinticuatro horas) están dadas las condiciones para imputar formalmente, nada impide que se pueda hacer al mismo tiempo el Informe, la imputación y la solicitud de medidas cautelares (Art. 44, 45 No. 7 LOMP; Art. 10 CPE).
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