Ayuda para Abogados

viernes, 29 de octubre de 2010

Competencia

El juez naturalmente competente es el juez de menores, en tanto media un interés del hijo menor directamente comprometido. Donde existan tribunales de familia, la competencia corresponderá a ellos.
Si la cuestión debe someterse a los jueces civiles, por carecerse del órgano especializado, cabrá considerar que el procedimiento más breve -a que hace referencia la norma- debe respetar las garantías del debido proceso y la igualdad entre los progenitores constituidos en parte.

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