Ayuda para Abogados

jueves, 11 de julio de 2013

Acordar - Acrecer

Acordar Dictar los jueces o tribunales alguna providencia que ha de ser comunicada a las partes. I Resolver de común acuerdo o por mayoría de votos. 

Acrecer Incrementar, hacer mayor, aumentar. I Facultad que, en determinados casos, tiene una persona para aumentar su parte en unos bienes con una porción de los mismos que correspondía a otra persona, y que ésta ha dejado vacante por no poder o no querer adquirirla. El derecho de acrecer, que se denomina también de acrecencia y acrecimiento, lo tienen los coherederos o colegatarios sobre las porciones vacantes por haberlas renunciado, o no haberlas podido adquirir, alguno o algunos de ellos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario