jueves, 24 de octubre de 2013

La presunción de inocencia

Por el interés de perseguir efectivamente la delincuencia y buscar eficiencia en la justicia, las medidas cautelares restringen los derechos de la persona a pesar de no haber sido aún comprobada su culpabilidad enjuicio, bajo la premisa del equilibrio que exige la constitución, para proteger a la sociedad en la lucha contra la delincuencia. Sólo desde estas premisas se justifica la imposición de restricciones en la esfera de la libertad del ciudadano (Art. 6, Art. 7, Art. 222; Art. 6 CPE).

La presunción de inocencia es un principio fundamental del estado de derecho y el punto de partida para analizar todos los problemas y aspectos de la aplicación de las medidas cautelares.

Implica que debe presumirse la inocencia de toda persona mientras no se destruya su estado jurídico de inocencia en un juicio, mediante sentencia ejecutoriada o firme.

"El principio de inocencia no dice que el imputado sea en verdad ¡nocente, es decir, que no haya participado en la comisión de un hecho punible. Su significado consiste en atribuir a toda persona un "estado de inocencia". Es por ello que en virtud a esta presunción de inocencia, es el fiscal quien tiene que probar la acusación y el acusado tiene el beneficio de la duda. También nos dice este principio que nadie puede ser considerado culpable sino es en virtud a una sentencia, dictada en un juicio. (Binder?, Alberto. Introducción al Derecho Penal, p. 196,. Edit. Alfa Beta, Bs.As., abril 1993);

"El principio de inocencia exige, entre otras cosas, que el imputado sea tratado como inocente durante la sustanciación del caso penal en su contra, La consecuencia más importante de esta exigencia, que obliga a tratar como inocente al imputado, consiste en e! reconocimiento del derecho a permanecer en libertad durante el proceso, y en las limitaciones que necesariamente deben ser impuestas al uso excepcional de la coerción estatal durante el procedimiento penal, sin importar la gravedad del hecho que se le atribuye o a la verosimilitud de la imputación". (Maler, Derecho Procesal Penal, t.l, págs. 490 y ss. Edit. Del Puerto, 1996).

No existe contradicción entre este principio y la imposición de medidas cautelares, porque la solicitud de imponer una medida cautelar no debe considerarse como un castigo anticipado ni mucho menos responder a criterios tan subjetivos como la peligrosidad del delincuente o la gravedad del tipo de delito cometido. Si permitiéramos que la imposición de medidas cautelares funcionara como un castigo anticipado al imputado, éste se encontraría en la misma situación que un condenado, pero con la diferencia que nunca tuvo juicio, ni acusación fiscal, que no se produjeron pruebas, pero sobretodo no se respetó su estado de inocencia.

"Históricamente, la llamada -presunción de inocencia- no ha tenido como fin impedir el uso de la coerción estatal durante el procedimiento de manera absoluta; la admite con carácter excepcional. Por ello, las normas que limitan la libertad personal deben interpretarse restrictivamente puesto que si el imputado goza de un estado de inocencia no se le puede castigar anticipadamente con privación de libertad". (Ledesma, Rosaly, Módulo I, Política criminal y derecho penal ETI, 2001, p. 11).

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