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jueves, 3 de octubre de 2013

¿Para la declaratoria en rebeldía previamente se requiere una imputación formal? ¿Por qué?

Sí. La declaratoria en rebeldía requiere previamente imputación formal. Sólo se puede declarar rebelde a la persona imputada formalmente, pues al rebelde se le dictan medidas cautelares personales que sólo proceden previa imputación. La publicación del edicto constituye el medio de notificación con la imputación para cu te el Imputado ejecute sus derechos a la defensa de los hechos atribuidos (Art. 45 No. 7, 8 LOMP).

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