(Clases) Según sea la naturaleza del acto jurídico es la clase de acta en la que,
normalmente, el fedatario consigna los extremos de los cuales da fe.
Las actas corrientes son: de bautismo, que es también denominada partida de
bautismo, por la que se hace constar en los libras parroquiales la celebración del
acto de recibir las aguas bautismales una persona: de consentimiento , que es el
documento en el que se otorga la autorización para contraer matrimonio, por
quienes están autorizados por la ley a darlo, en aquellos países, como en España,
en donde este requisito era exigencia legal: de deslinde, es en la que se expresan
todas las circunstancias que den a conocer la línea divisoria entre propiedades: de
juicios, que es el documento en el que se consignan las alegaciones de las partes,
y cuanto proponen, acreditan o acuerdan, ante la autoridad judicial, siendo éstas,
entre otras, actas de conciliación, de las juntas de acreedores, de los juicios de
desalojo o desahucio, de losjuiciosverbales, etc., etc.; de testamenta cerrado, que
es la que el escribano o notario extiende sobre la cubierta del sobre que contiene
el testamento, haciendo constar su otorgamiento y el cumplimiento de las
formalidades exigidas por la ley: de protesto, que corresponde a todo protesto de
letra, pagaré o libranza, y en la que deberá hacerse constar las exigencias legales;
de recepción, que es aquélla por la cual se formaliza la entrega de una obra
terminada, especialmente de las contratadas por la administración pública:
electoral, que debe ser levantada por funcionario autorizado por la ley, y en la que
se hace constar la elección recaída en los actos que se realizan de acuerdo con el
procedimiento electoral para los cargos fijados en la ley: notarial, que es el
instrumento autorizado a instancia de parte por un notario o escribano, en el que
se consignan las circunstancias y hechos que presencian y les constan, y de los
cuales dan fe: de las sociedades mercantiles, en las que se consignan los
acuerdos adoptados por las juntas generales y por los consejos de administración;
de los ayuntamientos o municipios, que es la relación de lo tratado y discutido en
las sesiones realizadas por las juntas de los mismos; de juicios, que son las
reseñas escritas que se extienden de las sesiones celebradas por los tribunales en
los juicios orales: del registro civil, que son las que se refieren al estado civil de las
personas Estas pueden referirse al nacimiento, matrimonio, reconocimiento,
legitimación, defunción, naturalización y, en los países en donde se admite, de
emancipación, adopción y vecindad.
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