Ayuda para Abogados

miércoles, 18 de septiembre de 2013

19. ¿La extinción de la acción, por el vencimiento de los seis meses de la etapa preparatoria, opera de forma automática?

No. La extinción de la acción por el vencimiento de los seis meses de la etapa preparatoria no se produce en ningún caso de manera automática ni tácita, sino previa conminatoria del juez de instrucción al fiscal de distrito y mediante auto motivado, si es que no se plantea el acto conclusivo (Art. 134).

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