Ayuda para Abogados

jueves, 19 de septiembre de 2013

En cuanto a los plazos procesales, ¿éstos se suspenden durante las vacaciones judiciales para todas las partes que intervienen en el proceso? Si esto es así, ¿Cómo se procede en casos de denuncias nuevas?

El CPP prevé en el artículo 130 que los plazos se suspenden; sin embargo el fallo del tribunal constitucional contenido en la sentencia 764-02 señala que la vacación judicial no suspende ni siquiera el plazo de máximo de duración de la etapa preparatoria, (modificación LOJ) (Art. 18 LOMP).

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